La póliza es el documento en el que se formalizan muchas operaciones bancarias y mercantiles sin garantía hipotecaria: préstamos y créditos personales o empresariales, arrendamientos financieros (leasing), avales, confirming o líneas de descuento. La intervención del notario da a la póliza fuerza ejecutiva y garantiza la identidad, capacidad y consentimiento de quienes la firman.
Qué está firmando
- Partes: la entidad financiera, el prestatario o acreditado y, en su caso, los fiadores o avalistas.
- Condiciones económicas: importe, plazo, tipo de interés, comisiones y calendario de pagos.
- Garantías personales: si hay fiadores, su responsabilidad. Es importante que el fiador entienda que responde con todo su patrimonio si el deudor no paga.
- Causas de vencimiento anticipado y consecuencias del impago.
Antes de firmar, pida el borrador a su entidad y revíselo con calma. El notario le aclarará las dudas.
Operaciones y documentación
La documentación de identidad de las partes se detalla más abajo, en el apartado común.
Préstamos y créditos
Documentación
- Borrador de la póliza, que normalmente la entidad envía directamente a la notaría.
- Si firma en nombre de una sociedad, escrituras que acrediten su cargo o poder.
Leasing, avales y otras operaciones
Documentación
- Póliza o contrato preparado por la entidad.
- Documentación del bien financiado, cuando proceda.
Preguntas frecuentes
¿Quién elige el notario en una póliza?
Puede proponerlo el cliente. Consulte con su entidad para coordinar la firma en nuestra notaría.
¿Me dan copia de la póliza?
Sí. Tiene derecho a obtener una copia de la póliza intervenida.
Documentación de identidad (común a todas las operaciones)
Si es persona física
- DNI, NIE o pasaporte en vigor.
- Estado civil y, si está casado o casada, régimen económico matrimonial (y, en su caso, escritura de capitulaciones).
- Si es extranjero, NIE (número de identidad de extranjero), necesario en las operaciones con trascendencia tributaria.
Si es persona jurídica (sociedad)
- Escritura de constitución y estatutos vigentes, inscritos en el Registro Mercantil.
- NIF de la sociedad.
- Escritura de nombramiento del administrador o poder del representante, inscrito.
- Datos para la declaración de titularidad real.
Si actúa en representación de otra persona
- Copia autorizada del poder notarial.
Esta información es orientativa. Según las circunstancias de cada caso, la notaría puede solicitar documentación adicional.