El documento original firmado ante notario (la matriz) queda guardado en el protocolo de la notaría. Lo que usted recibe son copias. Si necesita una nueva copia de una escritura o usar un documento notarial en otro país, podemos ayudarle.
Qué está firmando
En este caso no firma nada: solicita que el notario expida una copia de un documento de su protocolo o que se tramite la apostilla. Conviene conocer los tipos de copia:
- Copia autorizada: tiene el mismo valor que el original y es la que se utiliza para inscribir en registros, presentar ante la Administración o acreditar un derecho.
- Copia simple: tiene carácter meramente informativo.
- Copia electrónica: se remite telemáticamente a registros, Administraciones y otros notarios.
Operaciones y documentación
La documentación de identidad del solicitante se detalla más abajo, en el apartado común.
Solicitud de copia de escritura
Pueden obtener copia autorizada quienes firmaron la escritura, sus herederos y quienes acrediten un interés legítimo.
Documentación
- Datos de la escritura: fecha, notario y, si lo conoce, número de protocolo.
- Si no es otorgante, documentación que acredite su interés (por ejemplo, la condición de heredero).
Si la escritura es antigua, puede estar depositada en el archivo de protocolos del distrito. Le indicaremos cómo solicitarla.
Apostilla de La Haya
La apostilla certifica la autenticidad de la firma del notario para que el documento sea válido en los países firmantes del Convenio de La Haya. Para documentos notariales, la expide el Colegio Notarial.
Documentación
- El documento notarial original que debe apostillarse.
- País en el que se usará, para comprobar si basta la apostilla o se necesita legalización.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda una copia?
Si la escritura está en nuestro protocolo, en general se expide en poco tiempo. Llámenos para indicarle el plazo.
¿El documento también necesita traducción?
Depende del país y de la institución que lo reciba. Consulte con el destino si exigen traducción jurada.
Documentación de identidad (común a todas las operaciones)
Si es persona física
- DNI, NIE o pasaporte en vigor.
- Estado civil y, si está casado o casada, régimen económico matrimonial (y, en su caso, escritura de capitulaciones).
- Si es extranjero, NIE (número de identidad de extranjero), necesario en las operaciones con trascendencia tributaria.
Si es persona jurídica (sociedad)
- Escritura de constitución y estatutos vigentes, inscritos en el Registro Mercantil.
- NIF de la sociedad.
- Escritura de nombramiento del administrador o poder del representante, inscrito.
- Datos para la declaración de titularidad real.
Si actúa en representación de otra persona
- Copia autorizada del poder notarial.
Esta información es orientativa. Según las circunstancias de cada caso, la notaría puede solicitar documentación adicional.